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Terreno / Solar de 84500 m2 - Grândola, Setúbal

€ 1.990.000
84.500 m² 10

¿TE GUSTA?

DESCRIPCION

Terreno arbolado y con vista panorámica, para vivienda, turismo, comercio, servicios e industria, que se encuentra muy cerca de la playa Melides.
(Melides - Grândola - Portugal)



1 - IDENTIFICACIÓN Y UBICACIÓN DEL INMUEBLE

Es un terreno, ubicado en una zona tranquila y agradable, que tiene una vista panorámica muy agradable de los alrededores y desde la que ocasionalmente se puede ver el mar.

Este terreno cuenta con vegetación y algunos árboles (naranjos, alcornoques y pinos (mansos y silvestres)), que permiten crear zonas de ocio muy agradables y con paisajes diferentes.

El terreno en cuestión se encuentra próximo a un pequeño asentamiento urbano y linda, parcialmente, con una vía pública asfaltada, la cual cuenta con las siguientes infraestructuras: - Red pública de abastecimiento de agua, alumbrado público, red eléctrica y red de telecomunicaciones.

Este terreno se encuentra a tan solo 2,30 km de Melides y a unos 8,00 km de la playa de Melides.



2 - CARACTERÍSTICAS DEL TERRENO

- Superficie total del terreno... 84.500,00 m2 (8,45 ha)
- Área bruta de construcción (casa existente). 72.00 m2
- Superficie bruta máxima de edificación (uso de vivienda)... 500,00 m2 (Ver Nota 3.2)
- Área bruta máxima de construcción (sobre rasante) .......... 3,380.00 m2 (Ver nota 3.3)
(Construcciones de apoyo a actividades agrícolas y forestales)
- Área bruta máxima de construcción (sobre rasante) .......... 1.690,00 m2 (Ver nota 3.4)
(Otros edificios indispensables para la diversificación de actividades
instalaciones de producción, en concreto para establecimientos comerciales
y prestación de servicios)
- Área bruta máxima de construcción (sobre rasante) ......... 1.690,00 m2 (Ver nota 3.5)
(Campings y parkings de caravanas)
- Área bruta máxima de construcción (sobre rasante) ........ 4,225.00 m2 (Ver nota 3.6)
(Establecimientos industriales de primera transformación de
productos agrícolas y forestales, incluidas las superficies destinadas
almacenamiento y logística, en el ámbito de estas actividades)



3 - NOTAS ADICIONALES

3.1) Se permiten en este suelo los siguientes usos: - Vivienda, comercio, servicios, turismo, equipamiento público e industria de primera transformación, de productos agrícolas y forestales, incluidos el almacenamiento y la logística, además de actividades agrícolas y forestales.


3.2) Es posible reconstruir y ampliar la casa existente, destinada a vivienda, hasta un máximo de 500 m2 de área bruta de construcción. Además del uso de vivienda, esta casa también podrá destinarse, total o parcialmente, a turismo residencial.

La altura máxima de la fachada (por encima del nivel del umbral) es de 3,50 m.

Se podrá disponer un piso por debajo del nivel umbral, cuya superficie no se computará para la aplicación del índice de uso del suelo ni para el área bruta máxima de construcción, si su altura de techo es inferior a 2,40 m y si el sótano es completamente enterrado.


3.3) La necesidad de edificios de apoyo a las actividades agrícolas y forestales deberá estar justificada (según las actividades a realizar) y tendrá que ser acreditada/validada por los servicios sectoriales autonómicos competentes.

Estas construcciones pueden tener un piso sobre el suelo, el cual puede tener una altura máxima de 6,50m.


3.4) Se permite la construcción de otras edificaciones, siempre que se consideren esenciales para la diversificación de actividades productivas, dentro y fuera de explotaciones agrícolas y forestales, en particular para la instalación de establecimientos comerciales y la prestación de servicios.

Se permite la construcción de estas edificaciones si dichas actividades productivas sólo pueden instalarse en suelo rústico, lo que será verificado por los servicios competentes en materia de control previo de la actividad, si así fuera necesario.

Estas actividades productivas deberían contribuir a fortalecer la base económica y promover el empleo en las zonas rurales.

Estos edificios podrán tener como máximo una planta sobre el suelo. La altura máxima de fachada (sobre el nivel del umbral) es de 3,50 m.

En estos edificios se podrá disponer de un piso por debajo del nivel umbral, cuya superficie no se computará para la aplicación del índice de uso del suelo ni para la superficie bruta máxima de construcción, si su altura de techo es inferior a 2,40 m y si el sótano es completamente enterrado.


3.5) También se permite la instalación en este terreno de Empresas Turísticas Aisladas y Centros de Desarrollo Turístico, con las excepciones relativas a la Costa del Alentejo y otras condiciones aplicables y de acuerdo con el régimen de uso de cada categoría.

Esta actividad está, no obstante, condicionada al número máximo de camas/usuarios, con indicación de que ese número ya se ha alcanzado en la zona costera donde se ubica el terreno en cuestión.

En el ámbito de esta actividad se admitirían establecimientos hoteleros asociados a temáticas específicas, en concreto en los ámbitos de la salud, el deporte, la caza en la naturaleza, las actividades educativas, culturales y sociales, a saber:

- Promociones Turísticas Aisladas en la tipología de Turismo Rural, en edificaciones preexistentes.
- Desarrollos Turísticos de Vivienda;
- Campings y parques de caravanas.

La superficie bruta máxima de construcción permitida en este terreno, para camping y parques de caravanas, es de 1.690,00 m2. Sin embargo, esta actividad también se limita al número máximo de plazas permitidas para esta zona, que ya ha sido alcanzado por otros desarrollos turísticos implementados en el entorno.


3.6) Establecimientos industriales de primera transformación de productos agrícolas y forestales, incluidas las zonas de almacenamiento y logística, dentro del ámbito de estas actividades.

Estos edificios podrán tener como máximo una planta sobre el suelo. La altura máxima de fachada (sobre la cota de umbral) es de 8,00 m, salvo situaciones excepcionales, debidamente justificadas técnicamente, que impongan una altura superior.

En estos edificios se puede prever un suelo por debajo del nivel del umbral, de hasta 4,00 m de altura. La superficie construida por debajo del nivel umbral no se computará, sin embargo, para la aplicación del índice de uso del suelo ni para la superficie bruta máxima de construcción, si su altura de techo es inferior a 2,40 m y si el sótano está completamente enterrado.



4 - NOTAS FINALES

Disfrute de la posibilidad de tener un Monte Alentejano en una finca muy bonita, con sabor alentejano, con menores costes y, al mismo tiempo, acercándose a Lisboa, al aeropuerto Humberto Delgado (antiguo aeropuerto de Portela) y al eventual futuro aeropuerto de Montijo. .

"Tengo sobre mí todos los sueños del mundo."
FERNANDO PESOA

Actuar, eso es verdadera inteligencia. Seré lo que quieras. Pero tengo que querer lo que sea. El éxito está en tener éxito, no en poder triunfar. Las condiciones del palacio tienen un terreno amplio, pero ¿dónde estará el palacio si no llegan allí?
FERNANDO PESOA

Venga a ver el revoloteo de las mariposas y a escuchar el zumbido de los pájaros, mientras disfruta de cerca de la luminosidad de los paisajes típicos del Alentejo.

A veces escucho pasar el viento; y sólo con escuchar pasar el viento, vale la pena nacer."
FERNANDO PESOA

Siente el placer de vivir en el campo, disfrutando de magníficos paisajes y estando, al mismo tiempo, cerca de todo y lejos de todos.

En un mismo viaje, el tren sólo para una vez en cada parada. En el camino de la vida también hay oportunidades que sólo se nos presentan una vez.

Esta finca seguramente no le esperará, a menos que tome el tren en marcha y se instale en el vagón de delante, porque el primero en llegar querrá quedarse con ella.

Sujeta este diamante con fuerza y no dejes que se te escape entre los dedos.

¡Buen viaje y mucha suerte!
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DETALLES

Baños
10
Superficie exterior
84.500 m²
Superficie
84.500 m²
Referencia
102273

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