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Terreno / Solar - Alicante, Comunidad Valenciana

€ 1.440.000

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DESCRIPCION

Espectacular Parcela de 8.000 m2, se puede vender un mínimo de 4000 m2 a 180 € el m2 y un máximo de 16.200 m2 al mejor precio de la zona, con posibilidad de segregar en parcelas de 4.000 m2 y edificar con un máximo de 1,6 m2 cada m2 según normativa abajo descrita del Excmo. Ayuntamiento de Alicante:~ CAPITULO 9º: AREAS INDUSTRIALES (CLAVE AI 2b)~~ ~ 1. El uso predominante de esta zona es el industrial. El tipo de ordenación de la edificación es el de edificación abierta, pudiendo admitirse edificación semicerrada en Grado.~ Art. 159. Condiciones de parcelación. MP/ 31~ ~ 2. Las parcelas resultantes de nueva par acciones tendrán una superficie mínima de de 1.500 rn2 en Grado 2. Longitud mínima de la fachada será de 16m.~~ Art. 160. Condiciones de volumen. [MP/1, MP/lS, MP/lS]~ La fachada de la edificación guardará un retranqueo de 10 m., salvo las casetas de portería y control de accesos que podrán situarse con frente en la alineación exterior en una longitud máxima de 300 m~ Con respecto al resto de linderos, en Grado 2 se guardare un retranqueo de 6 m, salvo en Los casos de~ actuación conjunta de dos o mas parcelas colindantes con proyecto y ejecución unitarios, o se trate de casetas de portería o control, con las mismas condiciones establecidas en párrafo anterior.~ ~ La distancia mínima entre edificaciones dentro de la misma parcela será de 3,00m.~ Las parceles existentes con superficie inferior a la mínima que resulten edificables en aplicación de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 159 podrán reducir sus retranqueos hasta 3,00 m. a fachada y linderos en Grado 2.~ 2 La ocupación de la edificación no superará é 80% e s superficie de la planta.~ 3. La edificabilidad máxima será de 1'60 m2 en Grado 2,~ 4. La edificación no superará una altura máxima de de 4 plantas y 16 m. en Grado 2. Se exceptúan de estos límites las instalaciones técnicas que se requiriesen para el ejercicio de la actividad, que podrán superar los parámetros indicados en lo que fuera necesario.~ 5. El número máximo de plantas subterráneas será de una, salvo que las instalaciones o elementos técnicos de la actividad lo requiriesen~ 6. Las obras de ampliación en altura de edificaciones o instalaciones existentes podrán hacer excepción de las reglas relativas a retranquees y ocupación expresadas en los apartados 1 y 2 del presente artículo.~ Art. 161. Condiciones estéticas.~ 1. El diseño y materiales a emplear en las fachadas son libres. Los elementos salientes que se dispongan sobre espacios libres de parcele provenientes de retranquees obligatorios, no sobresaldrán más de 100 m, de la fachada.~ 2. El diseño y materiales de las medianerías, aunque éstas fueran provisionales, serán análogos y congruentes con los de la propia fachada.~ 3. El espacio libre de parcela resultante del retranqueo al lindero frontal, podrá destinarse a accesos, aparcamiento, muelle de carga y descarga y jardines, pero no almacenaje, excepto depósitos de combustible de la instalación industrial.~ 4. El cerramiento de la parcele que se disponga en la alineación exterior no tendrá elementos opacos de altura superior a 050 m.~ ~ ~ Este anuncio puede contener errores. La información se muestra a título informativo, no comprometiendo contractualmente a la inmobiliaria. Tanto los datos, como las imágenes y planos pueden estar sujetos a cambios, por lo que le invitamos a que, si precisa una información más exacta y detallada, comprobar datos, así como situación jurídica de los inmuebles, contacte con nosotros y le atenderemos a la mayor brevedad posible.

500

DETALLES

Clase Energética
G
Clase emisión gas
G
Referencia
mv203477

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